RD 249/2023 de 4 de abril. Obligación de declarar criptomonedas.

Valga esta nota rápida para consignar la obligación que el RD 249/2023 (art. 3) introduce en el RD 1065/2007 (Reglamento general de gestión tributaria), añadiendo un nuevo artículo 39 bis, que impone la obligación a los exchange españoles de presentar (i) una declaración informativa anual referente a la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas, en los términos que establezca la orden ministerial por la que se apruebe el modelo correspondiente, y (ii) una declaración informativa anual referente a las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, sea cual sea la contraprestación pactada, en su caso, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas, en las que intervengan o medien, en los términos que establezca la orden ministerial por la que se apruebe el modelo correspondiente.

Por otro lado, los emisores de nuevas monedas virtuales también vendrán obligados a presentar la declaración informativa mencionada en el punto (ii).

Finalmente, los poseedores de criptomonedas vendrán obligados a presentar una
declaración informativa anual referente a la totalidad de las monedas virtuales
situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se
tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente
poder de disposición custodiadas por personas o entidades que
proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre
de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

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