La nueva regulación de las modificaciones estructurales (RDL 5/2023)

El BOE Nº154 de 29 de junio de 2023 publica el Real Decreto Ley 5/2023 (RDL), que aborda una serie de materias heterogéneas entre sí, entre las que se encuentran las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. La disposición derogatoria única del RDL deroga la Ley 3/2009, y sustituye la regulación de esta materia por los preceptos contenidos en el Libro I del RDL, transponiendo al derecho español la Directiva (UE) 2019/2121.

El Libro I del RDL se estructura en cuatro títulos:

El Título I se refiere a las limitaciones y exclusiones genéricas aplicables a las modificaciones estructurales; las disposiciones comunes aplicables a ellas (la elaboración del proyecto de modificación estructural, los informes del órgano de administración y de expertos independientes, la publicidad preparatoria del acuerdo, la aprobación de operación proyectada, el acuerdo unánime de modificación estructural, la publicación e impugnación del acuerdo, la protección de socios y acreedores y la eficacia de la inscripción y validez de la operación inscrita); las disposiciones específicas aplicables a cada modalidad de modificación estructural (transformación, fusión, escisión y cesión global de activo y pasivo.

El Título II aborda la regulación específica de cada modificación estructural. Debemos destacar que el “traslado internacional de domicilio” pasa a denominarse “transformación transfronteriza”; y que, en materia de escisiones se modifica el régimen de responsabilidad en el sentido de que, de las deudas de la sociedad escindida serán responsables solidariamente las sociedades beneficiarias de la escisión, limitándose la responsabilidad de la sociedad escindida al activo neto que en ella hubiera quedado; modificación realizada con el objeto de evitar la alta tasa de concursalidad de las sociedades escindidas.

El Título III trata las modificaciones estructurales transfronterizas intraeuropeas, y el Título IV se dedica a las extraeuropeas.

El Libro I del RDL entrará en Vigor el 29 de julio de 2023, y se aplicará a las modificaciones estructurales cuyos proyectos no hubiesen sido aprobados aún por las sociedades implicadas con anterioridad.

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