El RD 142/2024 sobre retenciones e ingresos a cuenta en 10 claves

El BOE nº33 de 7 de febrero de 202 publica el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta, del que se procede a extraer, de manera sumaria y meramente informativa, las siguientes claves:

  1. Objeto del Decreto: Se busca modificar el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, específicamente en lo que respecta a las retenciones e ingresos a cuenta, para adaptarlos a la realidad económica actual.
  2. Antecedentes: La actualización se justifica por la reciente elevación del salario mínimo interprofesional, buscando asegurar que las retenciones se ajusten mejor a los ingresos reales de los contribuyentes.
  3. Modificaciones Principales: Los umbrales de retención se ajustan para reflejar el incremento del salario mínimo, con el objetivo de aliviar la carga fiscal sobre los trabajadores con ingresos más bajos.
  4. Rendimientos del Trabajo: Se establecen nuevas cuantías exentas de retención, considerando diversas situaciones personales y familiares, para ofrecer un tratamiento fiscal más equitativo.
  5. Cuantías Actualizadas: Se introducen umbrales de ingresos actualizados para determinar la aplicación de las retenciones, buscando una mayor precisión en el cálculo de las mismas.
  6. Disposiciones Transitorias: Se especifican las normas para el cálculo de las retenciones aplicables durante el período impositivo 2024, permitiendo una transición suave hacia las nuevas reglas.
  7. Impacto en Contribuyentes: La medida tiene un impacto directo en los contribuyentes, especialmente en aquellos que reciben salarios, pensiones y prestaciones por desempleo, buscando ajustar las retenciones a su situación económica real.
  8. Procedimiento Legal: Se garantiza el cumplimiento de las normativas legales vigentes, respetando los principios de legalidad y administración adecuada.
  9. Entrada en Vigor: La norma entra en vigor de forma inmediata tras su publicación en el BOE, aplicándose desde el inicio del período impositivo en el que se publica, para asegurar su efectividad.
  10. Finalidad: El decreto tiene como fin último reducir las cargas administrativas para los contribuyentes y los obligados tributarios, así como adaptar el sistema de retenciones a las circunstancias económicas actuales de los contribuyentes, promoviendo la equidad fiscal.

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